lunes, 9 de enero de 2012

Una de piratas: Las desventuras del Capitán SOPA y sus tripulantes Sinde y HADOPI, en su versión Argentina 2.0


Por Federico Corbiere

El mundo del ocio y el entretenimiento no está feliz. Los señores feudales de la industria editorial, el cine y la música, se encuentran en un callejón sin salida frente a las nuevas prácticas de consumo que propone la circulación de contenidos digitales. A continuación, un paseo por el sitio de películas que fue trend topic en Twitter por su nutrida membrecía global de temerarios bucaneros.
Las últimas noticias del ciberespacio destacan que el Grupo Warner (HBO, CNN, Cinemax, I-Sat, Space, Infinito, TNT y Cartoon Network) impulsó acciones para que sitios como Cuevana dejen de existir.

Con nueva temporada de estrenos, Ted Turner salió de cacería ofreciendo membrecía a otros socios plenipotenciarios de una industria cartelizada desde sus orígenes.

Entre los miembros del Club existen intermediarios complejos pero necesarios, como las entidades de gestión colectiva que administran la explotación de licencias y regalías-, jueces poco afectos a los derechos digitales y cámaras empresarias que, si no fuera por la intervención del Estado, promoverían sólo el derecho a la propiedad privada, apelando a un doble estándar jurídico internacional ambiguo y orientado a tamizar aquellas demandas del público sobre los monopolios formadores de precios.

¿Qué es Cuevana? Un portal gratuito que funciona como una biblioteca virtual de películas y series, cargadas en servidores externos (Megaupload, Fileserver, etc.) por colaboradores -aparentemente- desconocidos. El encargado de catalogar toda esa información y hacer eficiente el acceso a los ficheros a un promedio de 2 millones de visitantes diarios es Tomás Escobar, un sanjuanino de 22 años, estudiante de Sistemas que desarrolló un plug-in (aplicación) con la cualidad de permitir la ejecución en directo de contenidos audiovisuales, sin salir de la página.

El problema: se trata de programas de TV y películas protegidas por la ley de Propiedad Intelectual, que aún se emiten por diversas señales, por lo general de empresas de cable (un sector con un alto nivel de concentración, en donde sólo Cablevisión-Multicanal, subsidiaria del Grupo Clarín, concentra más del 55% de los abonados del país)

El laberinto infernal

Argentina tiene antecedentes variados. El caso del profesor de filosofía Horacio Potel, que sufrió un proceso penal por publicar traducciones de Nietzsche y Derrida, con un embargo preventivo de 20 mil pesos. En noviembre de 2009, tras un año de litigio, resultó sobreseído por no haberse comprobado ninguna “descarga” efectiva de datos en las páginas bajo su tutela. Desde entonces, el profesor advierte que los textos alojados son para “lectura on line exclusivamente”.

No es la situación de Taringa!, una comunidad que llegó tener un flujo de 6 millones de ingresos diarios y cuyos dueños (Wiross Argentina) se presentan como administradores de redes sociales mientras perjuran en sus “Términos y Condiciones de Uso” no constituir un sitio de “intercambio de archivos”. Sin embargo, en la práctica lo más tentador es el acceso a links (enlaces) que derivan en todo tipo de contenidos sobre los cuales dicen no tener capacidad operativa para controlar su carácter público o protegido.

La justicia argentina consideró a sus propietarios “partícipes necesarios” en el delito de violación del artículo 72 (fraude) de la Propiedad Intelectual, esta vez trabando un embargo preventivo de 200 mil pesos. A la fecha, el caso pasó de la etapa de instrucción a juicio oral por haberse comprobado “descargas” de archivos con Copyright.

En el resto del mundo, Francia (Hadopi, 2009) y España (Ley Sinde, 2011) avanzaron en la creación de una policía de Internet, ambas para perseguir las “descargas” no autorizadas con medidas judiciales de cierre preventivo, aunque en los sitios luego se compruebe que no se viola ninguna norma. Por su parte, Estados Unidos redobló la apuesta con el proyecto SOPA (Stop OnLine Piracy Act), en el que propone acciones directas de ahogo financiero sobre aquellos sitios presuntamente infractores (tomando como experiencia de éxito la persecución a Julián Assange y Wikileaks).

Este escenario presenta algunas contradicciones. Los dueños de Taringa! no son cruzados culturales ni Cuevana es un foco revolucionario, a pesar de jugar con un anagrama entre Cuba y La Habana. La única coincidencia es que Cuba y Cuevana están bloqueadas.

Cuba sufre un embargo económico estadounidense desde 1960 y Cuevana una medida cautelar, desde fines de noviembre, sobre tres series explotadas por I-Sat.

Bandera roja

En esta historia de piratas, Escobar no duerme en su casa para evitar la notificación judicial. El juez Gustavo Carmelo ordenó a todos los proveedores de Internet (ISP) en Argentina que apliquen la medida (bajo apercibimiento de multa) a través de una simple notificación a la Secretaría de Comunicaciones y la Comisión Nacional de Comunicaciones. En esta situación confusa y de difícil cumplimiento, los usuarios de Internet siguen entrando a Cuevana para ver películas.

Lo importante es que el caso sienta el primer precedente en donde un magistrado local limita la exhibición de contenidos por Internet, sobre una plataforma con tendencia a la “desintermediación” de los soportes tradicionales, como la televisión.

En este debate están quienes prefieren el extremo de endurecer la norma y otros que abrevan por caminos también extremos de promover una “cultura libre” a ultranza. Mientras ambas posiciones están trabadas, en el medio surgen negocios nuevos nacidos de la masificación de TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) en la vida cotidiana.

La pregunta sobre si podemos ver pelis por Internet poco tiene de ingenua, ya que los nuevos dispositivos tecnológicos cambiarán inexorablemente las lógicas de consumo y las barreras que delimitan el universo de la radiodifusión y las telecomunicaciones.

Mientras tanto, el que no paga por ver es una suerte de tripulante en un barco corsario, con parche en el ojo y pata de palo (Wi-fi).

Destrucción creadora

Se trata de un momento de ruptura, en donde las batallas épicas del príncipe Sandokán devenido en bucanero, a quien el imperio británico -fiel a su costumbre- había destronado y asesinado a su familia, resultan hasta románticas. Lo cierto es que no existen soluciones mágicas aunque resulte bonito imaginar un cambio en el orden de los factores de la Ley de Propiedad Intelectual, e indicar “que toda obra será de dominio público, salvo que autor indique lo contrario”.

Esto implicaría un giro para la democratización y el acceso la cultura; en especial, porque sin goce ni entretenimiento sería impensable construir entre todos un mundo feliz.

Lo de Cuevana no es otra cosa que “destrucción creativa” en mercados imperfectos (monopólicos) y un pibe bien asesorado legalmente en busca de atajos entre el pasado analógico y un presente digital en constante mutación. Pero también se trata de “La venganza del corsario negro”, cuyo autor, Emilio Salgari, eligió un ritual japonés para dedicar su suicidio en la miseria, a los avaros editores que comercializaron su obra.

Fuente Rebelion.org

Una de piratas: Las desventuras del Capitán SOPA y sus tripulantes Sinde y HADOPI, en su versión Argentina 2.0


Por Federico Corbiere

El mundo del ocio y el entretenimiento no está feliz. Los señores feudales de la industria editorial, el cine y la música, se encuentran en un callejón sin salida frente a las nuevas prácticas de consumo que propone la circulación de contenidos digitales. A continuación, un paseo por el sitio de películas que fue trend topic en Twitter por su nutrida membrecía global de temerarios bucaneros.
Las últimas noticias del ciberespacio destacan que el Grupo Warner (HBO, CNN, Cinemax, I-Sat, Space, Infinito, TNT y Cartoon Network) impulsó acciones para que sitios como Cuevana dejen de existir.

Con nueva temporada de estrenos, Ted Turner salió de cacería ofreciendo membrecía a otros socios plenipotenciarios de una industria cartelizada desde sus orígenes.

Entre los miembros del Club existen intermediarios complejos pero necesarios, como las entidades de gestión colectiva que administran la explotación de licencias y regalías-, jueces poco afectos a los derechos digitales y cámaras empresarias que, si no fuera por la intervención del Estado, promoverían sólo el derecho a la propiedad privada, apelando a un doble estándar jurídico internacional ambiguo y orientado a tamizar aquellas demandas del público sobre los monopolios formadores de precios.

¿Qué es Cuevana? Un portal gratuito que funciona como una biblioteca virtual de películas y series, cargadas en servidores externos (Megaupload, Fileserver, etc.) por colaboradores -aparentemente- desconocidos. El encargado de catalogar toda esa información y hacer eficiente el acceso a los ficheros a un promedio de 2 millones de visitantes diarios es Tomás Escobar, un sanjuanino de 22 años, estudiante de Sistemas que desarrolló un plug-in (aplicación) con la cualidad de permitir la ejecución en directo de contenidos audiovisuales, sin salir de la página.

El problema: se trata de programas de TV y películas protegidas por la ley de Propiedad Intelectual, que aún se emiten por diversas señales, por lo general de empresas de cable (un sector con un alto nivel de concentración, en donde sólo Cablevisión-Multicanal, subsidiaria del Grupo Clarín, concentra más del 55% de los abonados del país)

El laberinto infernal

Argentina tiene antecedentes variados. El caso del profesor de filosofía Horacio Potel, que sufrió un proceso penal por publicar traducciones de Nietzsche y Derrida, con un embargo preventivo de 20 mil pesos. En noviembre de 2009, tras un año de litigio, resultó sobreseído por no haberse comprobado ninguna “descarga” efectiva de datos en las páginas bajo su tutela. Desde entonces, el profesor advierte que los textos alojados son para “lectura on line exclusivamente”.

No es la situación de Taringa!, una comunidad que llegó tener un flujo de 6 millones de ingresos diarios y cuyos dueños (Wiross Argentina) se presentan como administradores de redes sociales mientras perjuran en sus “Términos y Condiciones de Uso” no constituir un sitio de “intercambio de archivos”. Sin embargo, en la práctica lo más tentador es el acceso a links (enlaces) que derivan en todo tipo de contenidos sobre los cuales dicen no tener capacidad operativa para controlar su carácter público o protegido.

La justicia argentina consideró a sus propietarios “partícipes necesarios” en el delito de violación del artículo 72 (fraude) de la Propiedad Intelectual, esta vez trabando un embargo preventivo de 200 mil pesos. A la fecha, el caso pasó de la etapa de instrucción a juicio oral por haberse comprobado “descargas” de archivos con Copyright.

En el resto del mundo, Francia (Hadopi, 2009) y España (Ley Sinde, 2011) avanzaron en la creación de una policía de Internet, ambas para perseguir las “descargas” no autorizadas con medidas judiciales de cierre preventivo, aunque en los sitios luego se compruebe que no se viola ninguna norma. Por su parte, Estados Unidos redobló la apuesta con el proyecto SOPA (Stop OnLine Piracy Act), en el que propone acciones directas de ahogo financiero sobre aquellos sitios presuntamente infractores (tomando como experiencia de éxito la persecución a Julián Assange y Wikileaks).

Este escenario presenta algunas contradicciones. Los dueños de Taringa! no son cruzados culturales ni Cuevana es un foco revolucionario, a pesar de jugar con un anagrama entre Cuba y La Habana. La única coincidencia es que Cuba y Cuevana están bloqueadas.

Cuba sufre un embargo económico estadounidense desde 1960 y Cuevana una medida cautelar, desde fines de noviembre, sobre tres series explotadas por I-Sat.

Bandera roja

En esta historia de piratas, Escobar no duerme en su casa para evitar la notificación judicial. El juez Gustavo Carmelo ordenó a todos los proveedores de Internet (ISP) en Argentina que apliquen la medida (bajo apercibimiento de multa) a través de una simple notificación a la Secretaría de Comunicaciones y la Comisión Nacional de Comunicaciones. En esta situación confusa y de difícil cumplimiento, los usuarios de Internet siguen entrando a Cuevana para ver películas.

Lo importante es que el caso sienta el primer precedente en donde un magistrado local limita la exhibición de contenidos por Internet, sobre una plataforma con tendencia a la “desintermediación” de los soportes tradicionales, como la televisión.

En este debate están quienes prefieren el extremo de endurecer la norma y otros que abrevan por caminos también extremos de promover una “cultura libre” a ultranza. Mientras ambas posiciones están trabadas, en el medio surgen negocios nuevos nacidos de la masificación de TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) en la vida cotidiana.

La pregunta sobre si podemos ver pelis por Internet poco tiene de ingenua, ya que los nuevos dispositivos tecnológicos cambiarán inexorablemente las lógicas de consumo y las barreras que delimitan el universo de la radiodifusión y las telecomunicaciones.

Mientras tanto, el que no paga por ver es una suerte de tripulante en un barco corsario, con parche en el ojo y pata de palo (Wi-fi).

Destrucción creadora

Se trata de un momento de ruptura, en donde las batallas épicas del príncipe Sandokán devenido en bucanero, a quien el imperio británico -fiel a su costumbre- había destronado y asesinado a su familia, resultan hasta románticas. Lo cierto es que no existen soluciones mágicas aunque resulte bonito imaginar un cambio en el orden de los factores de la Ley de Propiedad Intelectual, e indicar “que toda obra será de dominio público, salvo que autor indique lo contrario”.

Esto implicaría un giro para la democratización y el acceso la cultura; en especial, porque sin goce ni entretenimiento sería impensable construir entre todos un mundo feliz.

Lo de Cuevana no es otra cosa que “destrucción creativa” en mercados imperfectos (monopólicos) y un pibe bien asesorado legalmente en busca de atajos entre el pasado analógico y un presente digital en constante mutación. Pero también se trata de “La venganza del corsario negro”, cuyo autor, Emilio Salgari, eligió un ritual japonés para dedicar su suicidio en la miseria, a los avaros editores que comercializaron su obra.

Fuente Rebelion.org

La Fundación “Ceferino Namuncurá” de Puerto Madryn, Chubut, inaugura su Radio FM.

La Fundación Ceferino Namuncurá, tendrá su emisora FM en el rango del 33% que le corresponden a las organizaciones sociales, sindicatos, gremios y ONG, estipulado en la nueva norma de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Será mañana martes 10, a las once de la mañana que se llevará a cabo el acto de inauguración de esta nueva emisora radial, en el predio que posee la mencionada fundación.

El Estudio de la radio recibirá el nombre de Miguel Scali, reconocido periodista local que fuera miembro del Consejo de la Fundación desde 1991, Vicepresidente desde 2003 hasta 2007.

Tanto el edificio como las instalaciones de la emisora radial, son parte del proyecto educativo y social que la Fundación Ceferino, viene desarrollando desde 1992 y que ha merecido apoyo y reconocimiento desde el ámbito estatal, tanto local, provincial como nacional y que hoy puede tener su emisora bajo el ala de la nueva Ley de Medios.

Esta herramienta, tendrá un carácter fundamental para interrelacionar a la propia Fundación con la comunidad en general, como así un espacio que permita difundir acciones de distintos actores sociales locales, regionales y nacionales, no siempre difundidos en iguales condiciones. Apuntamos a comunicar temas relevantes para nuestra comunidad, utilizando la posibilidad que brinda la nueva Ley de medios audiovisuales, al respecto.

La radio próximamente podrá ser escuchada por Internet, abriendo un panorama de comunicación, cuyo impacto se percibe sin techo posible, dado que la tecnología hoy permite comunicaciones a diferentes partes del mundo casi en forma gratuita”, explica el Ing. Merino titular de la Fundación.

Fuente Estilo radio.com

La Fundación “Ceferino Namuncurá” de Puerto Madryn, Chubut, inaugura su Radio FM.

La Fundación Ceferino Namuncurá, tendrá su emisora FM en el rango del 33% que le corresponden a las organizaciones sociales, sindicatos, gremios y ONG, estipulado en la nueva norma de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Será mañana martes 10, a las once de la mañana que se llevará a cabo el acto de inauguración de esta nueva emisora radial, en el predio que posee la mencionada fundación.

El Estudio de la radio recibirá el nombre de Miguel Scali, reconocido periodista local que fuera miembro del Consejo de la Fundación desde 1991, Vicepresidente desde 2003 hasta 2007.

Tanto el edificio como las instalaciones de la emisora radial, son parte del proyecto educativo y social que la Fundación Ceferino, viene desarrollando desde 1992 y que ha merecido apoyo y reconocimiento desde el ámbito estatal, tanto local, provincial como nacional y que hoy puede tener su emisora bajo el ala de la nueva Ley de Medios.

Esta herramienta, tendrá un carácter fundamental para interrelacionar a la propia Fundación con la comunidad en general, como así un espacio que permita difundir acciones de distintos actores sociales locales, regionales y nacionales, no siempre difundidos en iguales condiciones. Apuntamos a comunicar temas relevantes para nuestra comunidad, utilizando la posibilidad que brinda la nueva Ley de medios audiovisuales, al respecto.

La radio próximamente podrá ser escuchada por Internet, abriendo un panorama de comunicación, cuyo impacto se percibe sin techo posible, dado que la tecnología hoy permite comunicaciones a diferentes partes del mundo casi en forma gratuita”, explica el Ing. Merino titular de la Fundación.

Fuente Estilo radio.com

sábado, 7 de enero de 2012

Matta, En Chile es urgente otra ley de radios comunitarias.


María Pía Matta es la titular de AMARC, Asociación Mundial de Radios Comunitarias, en este caso reflexiona sobre la situación de las emisoras comunitarias de su país, Chile y la necesidad de marcos legislativos que la protejan realmente.

El año 2011 cierra con un balance negativo para las radios comunitarias y para la libertad de expresión en el país. Desde hace 18 años rige una legislación que penaliza a estaciones radiales por emitir sin autorización, en ausencia de llamados a concursos para licitar frecuencias por parte de las comunidades interesadas. Chile es uno de los países que aplica ley penal a este tipo de emisiones, situación que ha sido calificada por las relatorías de la OEA y la ONU como atentatoria a la libertad de expresion.

Las radios afectadas han sufrido diversos impactos, desde incautación de equipos y allanamientos hasta condenas, que a pesar de aceptar la salida pactada que ofrece la fiscalía, han involucrado firma obligada, arraigo para comunicadores/as y prohibición de transmitir, restricción esta última que afecta el derecho de las comunidades a emitir y recibir información.

Este escenario se monta sobre un marco legal insuficiente y discriminatorio para las radios comunitarias. La ley que norma los servicios de radiofonía comunitaria y ciudadana, formulada y tramitada durante el gobierno Bachelet, contiene claras deficiencias en cuanto a acceso, financiamiento y cobertura. Su formulación, hecha según el molde empresarial de ARCHI (Asociación de radiodifusores de Chile), impone restricciones y endurece las penas para quienes transgreden su normativa.
Un adelanto de lo que vendrá en cuanto a persecución a radios comunitarias es la revocación de licencia que ha sufrido en julio 2011 la estación radial de Lanco, por emitir publicidad, sobrepasar la potencia autorizada (1 watt) y la altura de la antena. Se trata de una emisora cuya concesión reside en la Agrupación de Radios Comunitarias de Lanco, entidad que reúne a las emisoras con proyectos comunicacionales de pueblos originarios con identidad mapuche.

Aquí hay una clara transgresión a convenios internacionales que obligan al estado de Chile a respetar los derechos de los pueblos originarios, incluidos aquellos relativos a fundar y mantener medios de comunicación que afirmen la identidad cultural y el derecho a comunicar de sus comunidades.

Este escenario se monta sobre un marco legal insuficiente y discriminatorio para las radios comunitarias. La ley que norma los servicios de radiofonía comunitaria y ciudadana, formulada y tramitada durante el gobierno Bachelet, contiene claras deficiencias en cuanto a acceso, financiamiento y cobertura. Su formulación, hecha según el molde empresarial de ARCHI (Asociación de radiodifusores de Chile), impone restricciones y endurece las penas para quienes transgreden su normativa.

Llamo la atención sobre los asuntos de fondo de la legislación para las radios comunitarias, ya que por sus evidentes deficiencias nos enfrentaremos a variadas iniciativas de modificación provenientes del parlamento. Un ejemplo es la moción presentada por el diputado por la región de Aysén, David Sandoval, que busca autorizar a las municipalidades para traspasar sus radios a nombre de organizaciones sociales que las acrediten como licenciatarias de acuerdo a la nueva ley.

Es clara la necesidad de medios públicos en Chile, concebidos de acuerdo a principios de transparencia, diversidad y pluralidad, que sobrepasen la noción de brazos propagandísticos de los gobiernos centrales, regionales o locales de turno.

Sin embargo, una modificación excepcional para determinadas regiones sólo constituye un mal parche para una legislación con profundas deficiencias, ya que disminuye aún más el restringido acceso del mundo social a las ondas radiales.

Lo que necesitamos es una discusión seria y de fondo que de como resultado una nueva ley servicios audiovisuales, que elimine toda forma de restricción directa o indirecta a la libertad de expresión, que considere el reconocimiento y promoción del sector social sin fines de lucro, y de un sector público en las comunicaciones, de modo que convivan en igualdad de condiciones con la radiofonía privada comercial.

Matta, En Chile es urgente otra ley de radios comunitarias.


María Pía Matta es la titular de AMARC, Asociación Mundial de Radios Comunitarias, en este caso reflexiona sobre la situación de las emisoras comunitarias de su país, Chile y la necesidad de marcos legislativos que la protejan realmente.

El año 2011 cierra con un balance negativo para las radios comunitarias y para la libertad de expresión en el país. Desde hace 18 años rige una legislación que penaliza a estaciones radiales por emitir sin autorización, en ausencia de llamados a concursos para licitar frecuencias por parte de las comunidades interesadas. Chile es uno de los países que aplica ley penal a este tipo de emisiones, situación que ha sido calificada por las relatorías de la OEA y la ONU como atentatoria a la libertad de expresion.

Las radios afectadas han sufrido diversos impactos, desde incautación de equipos y allanamientos hasta condenas, que a pesar de aceptar la salida pactada que ofrece la fiscalía, han involucrado firma obligada, arraigo para comunicadores/as y prohibición de transmitir, restricción esta última que afecta el derecho de las comunidades a emitir y recibir información.

Este escenario se monta sobre un marco legal insuficiente y discriminatorio para las radios comunitarias. La ley que norma los servicios de radiofonía comunitaria y ciudadana, formulada y tramitada durante el gobierno Bachelet, contiene claras deficiencias en cuanto a acceso, financiamiento y cobertura. Su formulación, hecha según el molde empresarial de ARCHI (Asociación de radiodifusores de Chile), impone restricciones y endurece las penas para quienes transgreden su normativa.
Un adelanto de lo que vendrá en cuanto a persecución a radios comunitarias es la revocación de licencia que ha sufrido en julio 2011 la estación radial de Lanco, por emitir publicidad, sobrepasar la potencia autorizada (1 watt) y la altura de la antena. Se trata de una emisora cuya concesión reside en la Agrupación de Radios Comunitarias de Lanco, entidad que reúne a las emisoras con proyectos comunicacionales de pueblos originarios con identidad mapuche.

Aquí hay una clara transgresión a convenios internacionales que obligan al estado de Chile a respetar los derechos de los pueblos originarios, incluidos aquellos relativos a fundar y mantener medios de comunicación que afirmen la identidad cultural y el derecho a comunicar de sus comunidades.

Este escenario se monta sobre un marco legal insuficiente y discriminatorio para las radios comunitarias. La ley que norma los servicios de radiofonía comunitaria y ciudadana, formulada y tramitada durante el gobierno Bachelet, contiene claras deficiencias en cuanto a acceso, financiamiento y cobertura. Su formulación, hecha según el molde empresarial de ARCHI (Asociación de radiodifusores de Chile), impone restricciones y endurece las penas para quienes transgreden su normativa.

Llamo la atención sobre los asuntos de fondo de la legislación para las radios comunitarias, ya que por sus evidentes deficiencias nos enfrentaremos a variadas iniciativas de modificación provenientes del parlamento. Un ejemplo es la moción presentada por el diputado por la región de Aysén, David Sandoval, que busca autorizar a las municipalidades para traspasar sus radios a nombre de organizaciones sociales que las acrediten como licenciatarias de acuerdo a la nueva ley.

Es clara la necesidad de medios públicos en Chile, concebidos de acuerdo a principios de transparencia, diversidad y pluralidad, que sobrepasen la noción de brazos propagandísticos de los gobiernos centrales, regionales o locales de turno.

Sin embargo, una modificación excepcional para determinadas regiones sólo constituye un mal parche para una legislación con profundas deficiencias, ya que disminuye aún más el restringido acceso del mundo social a las ondas radiales.

Lo que necesitamos es una discusión seria y de fondo que de como resultado una nueva ley servicios audiovisuales, que elimine toda forma de restricción directa o indirecta a la libertad de expresión, que considere el reconocimiento y promoción del sector social sin fines de lucro, y de un sector público en las comunicaciones, de modo que convivan en igualdad de condiciones con la radiofonía privada comercial.